Los problemas para la apertura de un negocio en el Distrito Federal.- 2ª parte. – Dirección Empresarial TDE
Creado por Carlos Alberto Flores García

- Carlos Alberto Flores García.

Los problemas para la apertura de un negocio en el Distrito Federal.- 2ª parte.




Rate this post

Ya decía en mi entrega anterior que llevar a cabo la apertura de un negocio en el Distrito Federal es un tema complicado, por decir lo menos.




Supóngase que se desea abrir un negocio del tipo: Salón de Fiestas; Restaurante; Establecimiento de Hospedaje; Club Privado; Sala de cine con o sin venta de bebidas alcohólicas; un Teatro y auditorio (impacto vecinal). O esos mismos giros, pero con impacto en vía pública, alteración de ruido y venta de alcohol al por mayor (impacto zonal), tendrás que consultar la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal publicada en el año 2011 y la cual consta de 81 artículos.

Un establecimiento mercantil es un local ubicado en un inmueble donde una persona física o moral desarrolla actividades relativas a la intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes o prestación de servicios lícitos, con fines de lucro.
Viacrucis administrativo. Solicitud de Impacto
Y empieza el viacrucis jurídico-administrativo. El artículo 6 de la referida Ley habla de un sistema electrónico en el cual se ingresarán los Avisos y Permisos para el funcionamiento de los establecimientos mercantiles. Este sistema lo puedes consultar en http://www.sedecodf.gob.mx/Siapem, y allí aparecen los 14 trámites que se pueden hacer en este sitio. Yo sólo destacaré en esta entrega uno de estos, la Solicitud de Permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de Impacto Vecinal y sus 17 requisitos:
1. Nombre o razón social del interesado.
2. Domicilio para oír y recibir notificaciones.
3. Dirección de correo electrónico.
4. Denominación o nombre comercial del establecimiento mercantil.
5. Ubicación y superficie total del Establecimiento Mercantil.
6. Giro mercantil que se pretende operar.
7. Datos de la constancia o certificado de Zonificación para el giro que se pretende operar.
8. Datos del número de cajones de estacionamiento requeridos y su ubicación.
9. Capacidad de aforo calculado de conformidad con la Ley y el Reglamento de la materia.
10.Nombres de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones y documentos, así como para realizar los trámites y gestiones.
11.Datos del documento con el que se acredite la posesión o propiedad del inmueble.
12.Datos de las Constancias de Adeudos (Predial y Agua).
13.Si el solicitante es persona física, los datos de la identificación oficial con fotografía; y si es personal moral de su Representante Legal.

En caso de:
1. Que el establecimiento lo requiera, el Visto Bueno de Seguridad y Operación, (arts. 68 y 69 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal)
2. Que el solicitante sea extranjero, los datos de la autorización expedida por la Secretaría de Gobernación, conforme a la cual se le permite llevar a cabo la actividad de que se trate, y
3. Que el interesado sea persona moral, el representante legal señalará datos de la escritura constitutiva registrada o con registro en trámite y documento con el que acredite su personalidad, y
4. Que el interesado opere videojuegos, número de maquinas.
Como nos podemos dar cuenta, ¡en uno sólo de los 14 trámites del sistema se contienen 17 requisitos!

Si eso opera en una sola ley, únicamente en lo referente al sistema electrónico, sin contar sanciones, verificaciones, programas de protección civil entre otros trámites y gestiones que exige, vayan haciendo la cuenta del tiempo, dinero, esfuerzo y desgaste de talento que tendremos que hacer cada uno de nosotros para estar al corriente con la autoridad local.

En la próxima entrega seguiré mostrándote las entrañas de la tramititis en el D.F., no por decepcionarte, sino por alentarte a superarla. En tanto, como cada semana, sigue trascendiendo!

Rate this post

Si te gusta, compártelo... ¡gracias!


COMPARTIR Tweet Pinit Google+